Por qué registrar una
obra El autor de una obra tiene una serie de derechos sobre ella por el hecho de ser su creador, como el derecho de explotación, el derecho de reconocimiento como autor de la obra, etc. Registrar una obra en el Registro de la Propiedad Intelectual sirve para probar la autoría de la obra y así proteger los derechos como autor. Para saber más sobre la Ley de Propiedad Intelectual: http://civil.udg.es/normacivil/estatal/reals/Lpi.html |
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Dónde registrar una
obra El Registro General de la Propiedad Intelectual es único en todo el territorio español y depende del Ministerio de Cultura. Algunas Comunidades Autónomas tienen Registros Territoriales, las demás tienen Oficinas Provinciales en cada capital de provincia. En el caso de Extremadura, la sede del Registro Territorial se encuentra en Mérida y tiene dos oficinas dependientes, una en Cáceres y otra en Badajoz. Mérida: c/ Almendralejo, 17 - 06800 Mérida - teléfono: 924008580 propiedadintelectual@juntaextremadura.net Cáceres: Plaza San Jorge, 8 - Cáceres - teléfono: 927005464 Badajoz: Avenida Huelva, 2 - Badajoz - teléfono: 924012058 Para saber más sobre el Registro de la Propiedad Intelectual: http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/InformacionGeneral/InformacionGeneral.html |
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Cómo registrar una
canción Para cualquier obra musical, sea con o sin letra, el Registro pide que se presente la partitura encuadernada o con las hojas grapadas y protegidas en una carpeta de plástico. La partitura debe llevar una portada que indique el título de la obra y el nombre del autor, y las páginas numeradas. Si la obra es con letra puede incluirse en la partitura, pero es conveniente que también se incluya en una hoja aparte. La partitura irá firmada en la primera y última página. |
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Instrucciones generales | ||||||||
Los
documentos a aportar son los siguientes: Fotocopia del DNI, justificante de la carta de pago de las tasas, impreso Autores I e impreso Autores II. Los impresos y la carta de pago se facilitan en el Registro, si no vives en una capital puedes llamar por teléfono para que te los envíen por correos. También necesitas el número de código para la carta de pago, así como la cantidad exacta que tienes que abonar. Todo te lo facilitan en la oficina del Registro. La cantidad a pagar puede variar según la Comunidad Autónoma que registre la obra, en Extremadura las tasas son de 6,69 € ( dato de Noviembre de 2010 ). El impreso Autores I debes rellenarlo con los datos del solicitante y del autor, en el caso de que sean distintas personas, y el título de la obra. Tiene tres copias y en el reverso tiene instrucciones para rellenarlo. En el impreso Autores II debes escribir los datos referentes a la composición musical, como título, duración, número de compases, género musical, etc. Puedes presentar toda la documentación en las oficinas del Registro o mandarlo por correos. Si lo envías por correos en pocos días te contestan informandote de que lo han recibido y te dan un número de inscripción. Una vez que se examina la solicitud y si ha obtenido la calificación jurídica favorable, queda registrada la obra y te envían la documentación en la que se incluye el número de asiento registral, esto puede tardar entre tres y seis meses. |
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